LA NATURALEZA NO DISCRIMINA
Frente al tratamiento del Proyecto de Ley que habilita el casamiento de parejas del mismo sexo CON POSIBILIDAD DE ADOPCIÓN, que modifica el Código Civil de la Nación y el régimen legal actual de matrimonio, la FEDERACION DE CONSEJOS PASTORALES EVANGELICOS DE ENTRE RIOS, EL CONSEJO DE PASTORES DE PARANA Y LA IGLESIA CATOLICA declaramos que:
Nuestra oposición a la modificación del régimen de matrimonio no implica una Confrontación con las personas que practican la homosexualidad sino que es la defensa de un derecho humano natural contemplado en el Código Civil de la Nación. En esa defensa, no queremos pasar por alto el amor a Dios y a nuestro prójimo que guía nuestras vidas y que sentimos por aquellos que se consideran homosexuales y lesbianas, así como por todos los hombres y las mujeres en general, con los que nos relacionamos y servimos día a día en los barrios, las ciudades y los pueblos de todo el territorio nacional.
1. El concepto de Igualdad.
Al hablar de igualdad, hay que hacerlo con detenimiento y responsabilidad. Toda forma de discriminación es absolutamente repudiable, pero eso no indica que cada reclamo de igualdad posea legitimidad de origen. Si el Código Civil, en acuerdo con la naturaleza, la historia y la Constitución Nacional, ha establecido que el matrimonio está constituido por un hombre y una mujer, es imposible hablar de IGUALDAD para el matrimonio homosexual. De la misma manera que es IMPOSIBLE hablar de igualdad en el matrimonio entre un padre y una hija, entre dos hermanos o entre un adulto y un menor. Si hoy se pretende romper el límite de la sexualidad del matrimonio, ¿que impedirá mañana destruir los demás límites como los de la consanguinidad, la cantidad de sus miembros o la mayoría de edad?
Reclamar la igualdad entre personas del mismo sexo para unirse en matrimonio y adoptar menores, no se basa en principios naturales sostenidos ni por el orden legal vigente, ni por la ciudadanía, ni observados en ningún proceso en la historia de la humanidad. La esencia del matrimonio descansa en la complementariedad entre el hombre y la mujer y su integración abierta a la vida en pos de la perpetuación de la especie. No se trata de una construcción cultural, ni de una denominación caprichosa del lenguaje, sino que es el reflejo de una realidad biológica y antropológica.
El derecho no crea una institución sino que reconoce su naturaleza inmutable y fundamental sobre la que se edifica la sociedad. Así expresamente el Pacto de San José de Costa Rica (al que Argentina Adhiere) establece con claridad que la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida por la sociedad y el Estado (Art. 17.1) . En ese contexto se reconoce el derecho fundamental del hombre y la mujer a casarse (cfr. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos art 23, inc. 2 y Declaración Universal de los Derechos Humanos, art. 16. Inc. 1
2. Oponerse al matrimonio entre personas del mismo sexo no es discriminar.
Con el pretexto de una supuesta igualación de derechos apoyada en una falsa discriminación legal se trata de confundir a la sociedad para lograr fines determinados. Para ello se cuestiona la institución fundamental de la sociedad argentina, como lo es el matrimonio.
El reclamo de determinados aspectos jurídicos, como la obra social, manutención, división de bienes y herencia para un tipo de convivencia ajena a lo que es el matrimonio del hombre y la mujer, puede ser tutelado por el derecho común. No se justifica la modificación de una institución fundamental, como lo es el matrimonio, en pos de situaciones particulares originadas por una determinada opción sexual.
La no discriminación de las personas pasa esencialmente por el reconocimiento de su dignidad como personas, el respeto de su libertad, afectividad, etc., pero no puede pasar por la simple aceptación de sus posiciones ideológicas
3. El aspecto jurídico del Matrimonio.
El matrimonio es, etimológica y naturalmente, la unión libre, permanente y exclusiva entre un hombre y una mujer. No es posible hablar de matrimonio en la unión de personas del mismo sexo. Las personas no elegimos ser hombre o ser mujer. Así nacemos.
Es natural que a lo largo de toda la historia y la existencia humana, UN HOMBRE Y UNA MUJER se unan en matrimonio para extender la especie y organizarse socialmente. Este dato es invariable y no puede reconfigurarse según las épocas, las culturas o los intereses de grupos particulares.
Entendemos entonces que el matrimonio es la base fundamental de la familia, la cual da sustento indispensable a la sociedad. El Estado, a través de su normativa legal civil, ha legitimado naturalmente esta unión entre hombre y mujer.
En el plano jurídico, el matrimonio cumple funciones sociales irreemplazables, por lo que ha sido respaldado por el Estado y limitado en cuanto a la cantidad de integrantes consanguinidad, edad y responsabilidades. Así, la ley NO REGULA LA RELACIÓN AFECTIVA DE LAS PERSONAS, sino que establece las condiciones para el mejor desarrollo del ámbito familiar, de acuerdo con la naturaleza médica, biológica, legal , sociológica y antropológica .
La Constitución Nacional, mediante los Tratados Internacionales de Derechos Humanos garantiza el matrimonio entre un hombre y una mujer. El sancionar la modificación al Régimen Legal de Matrimonio en el Código Civil para permitir la extraña figura del matrimonio homosexual con adopción, sería un hecho de absoluta inconstitucionalidad.
4. El derecho superior de los niños
El derecho resguarda prioritariamente la seguridad del sujeto más vulnerable. En este caso, son LOS NIÑOS quienes quedarían legalmente expuestos a un laboratorio de experimentación basado en un modelo tutorial homoparental del cual se desconocen las consecuencias que traerá aparejadas a futuro.
Es por esta causa, la de defender el derecho superior del niño, que la gran mayoría de las naciones del mundo, incluyendo a Francia, Alemania, Inglaterra e Italia entre otros países, NO HAN AVALADO el régimen legal de matrimonio con adopción para personas del mismo sexo. El derecho de los niños es superior al de los adultos, porque ellos no pueden elegir. Este es un caso en el que el Estado y las leyes deben garantizar el derecho superior del menor.
Las personas pueden hacer en su vida privada lo que deseen, siempre y cuando no afecten los derechos de un tercero, en este caso, los niños. No debemos olvidar que este proyecto de ley en cuestión no se limita a homosexuales y lesbianas, sino que abarca a todo el colectivo sexual: travestis, transexuales y bisexuales por igual.
El orden legal y natural no puede ser avasallado por cambios que pretenden ser Impuestos en contra de la voluntad de la enorme mayoría del pueblo de la Nación.
5. Invocamos a Dios.
No negamos nuestras creencias, ni pretendemos se legisle desde lo religioso, aunque hasta sería hasta inconstitucional no hacerlo, sino que llamamos a nuestros legisladores a que escuchen a la gran mayoría del pueblo, para ello reclamamos el llamado a un plebiscito nacional , un recurso propio de la democracia para facilitar a la ciudadanía su expresión concreta en temas de tan profundo interés .
Enfatizamos categóricamente que legislar a favor del matrimonio homosexual con adopción es confrontar la historia de la humanidad y con la voluntad y creencias más profundas del pueblo de la Nación. Es intentar trastocar un sistema de valores fundacional para nuestro país y avanzar decididamente contra la voluntad de Dios, lo que implica tener que enfrentar a las consecuencias expresadas en su Palabra.
Finalmente, y al igual que el gran inspirador del texto constitucional, Juan Bautista Alberdi, y los constitucionalistas de 1853, invocamos a Dios como fuente de toda razón y justicia, a fin de que Él ilumine las mentes de los ciudadanos y especialmente de los Senadores de la Nación frente a un tema de tanta importancia para todos los argentinos.
- IGLESIA CATOLICA Monseñor Mario Luis Bautista Maulion
- FEDERACION DE CONSEJOS PASTORALES EVANGELICOS DE ENTRE RIOS Pr. Ricardo Diaz
- CONSEJO DE PASTORES EVANGELICOS DE PARANA Pr. Carlos Schultz
Lástima que lo obvio sea tan difícil de ver para nuestros legisladores!
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